Las cuatro capacitaciones al año que exige la Ley 29783: cómo planificarlas sin detener la operación

Portada impresa de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

La Ley 29783, modificada por la Ley 30222, establece que el empleador debe garantizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el trabajo. Muchas PYMEs lo interpretan como cuatro charlas generales. No es así: la formación debe centrarse en el puesto y en los riesgos específicos de cada trabajador.

El primer paso es cruzar la matriz IPERC con la lista de puestos. De ahí sale qué debe saber cada persona: uso de EPP, procedimientos de trabajo seguro, respuesta ante emergencias. El segundo paso es calendarizar. Las capacitaciones se dictan dentro de la jornada y se registran con asistencia, contenido y evaluación.

La modalidad grabada en aula virtual resuelve el problema más frecuente: no poder reunir a todo el personal a la vez. Cada trabajador completa el curso en su turno y el registro queda generado automáticamente.

El objetivo no es tener la matriz firmada, sino que nadie se lesione haciendo su trabajo.
Equipo ESCAP
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